En un vuelo nacional retrasado, lo que la aerolínea te debe depende de cuánto tiempo esperas, no de quién tuvo la culpa. La regla está en la Resolução ANAC n.º 400/2016 (Resolución 400 de la ANAC) y en el Código Brasileiro de Aeronáutica (Código Brasileño de Aeronáutica, CBA). Esta página muestra qué exige cada tramo de tiempo y qué cambia el 26 de octubre de 2026.
Qué debe ofrecer la aerolínea, según el tiempo de espera
La asistencia material es gratuita y se debe incluso si ya estás dentro del avión con las puertas abiertas (art. 27 de la Resolución 400). La página de la ANAC sobre retrasos añade que vale independientemente del motivo y que la espera se cuenta desde el momento en que hubo el problema con el vuelo.
| Tiempo de espera | Qué debe ofrecer la aerolínea | Base |
|---|---|---|
| Cualquier retraso | Informarte de inmediato, con la nueva hora prevista de salida, y darte el motivo por escrito si lo pides | Art. 20 |
| Más de 1 hora | Medios de comunicación, como teléfono e internet (hasta el 25/10/2026; punto revocado desde el 26/10/2026) | Art. 27, I |
| Más de 2 horas | Comida según la hora: una comida o un bono individual | Art. 27, II |
| Más de 4 horas | Alojamiento, si hay que pasar la noche, más traslado de ida y vuelta | Art. 27, III |
| Retraso de más de 4 horas | Tu elección: reubicación, reembolso o ejecución del servicio por otra modalidad de transporte | Art. 21, I |
Quien vive en la ciudad del aeropuerto de salida puede recibir solo el traslado a casa y de vuelta, en lugar del alojamiento (art. 27, § 1º). Los pasajeros que necesitan asistencia especial y sus acompañantes tienen derecho a alojamiento sin exigencia de pernocta, salvo que pueda sustituirse por un alojamiento adecuado con su conformidad (art. 27, § 2º).
Conviene saberlo
Si la aerolínea no ofrece la asistencia, guarda los recibos de lo que pagues por tu cuenta. Desde el 26/10/2026, el nuevo artículo 27-B prevé que la aerolínea pueda reembolsar los gastos necesarios, razonables y acreditados de comida, transporte y alojamiento cuando las limitaciones del aeropuerto o la falta de proveedores locales hagan inviable la asistencia.
Reubicación, reembolso u otro transporte
Pasadas las cuatro horas de retraso, la aerolínea debe ofrecer las tres alternativas y la elección es del pasajero (art. 21). El Código Brasileño de Aeronáutica dice lo mismo para el retraso de salida de más de cuatro horas: embarque en un vuelo equivalente al mismo destino o devolución inmediata del importe del billete, si lo prefieres (art. 230).
- Reubicación: es gratuita. Puede ser en un vuelo de la aerolínea o de un tercero al mismo destino, en la primera oportunidad, o en un vuelo de la propia aerolínea en la fecha y hora que te convengan (art. 28). La página de la ANAC recuerda que, en este segundo caso, rige el plazo de validez que le quede al billete.
- Reembolso: en hasta 7 días desde la solicitud, por el medio de pago usado en la compra (art. 29). Es íntegro si lo pides en el aeropuerto de origen, de escala o de conexión, con el regreso al origen asegurado en los dos últimos casos. Si ya aprovechaste parte del trayecto, es proporcional al tramo no utilizado (art. 30). Las tasas aeroportuarias y los importes debidos a entes gubernamentales se devuelven íntegramente (art. 29, párrafo único).
- Otro medio de transporte: la ANAC cita el autobús como ejemplo de ejecución del servicio por otra modalidad.
- Crédito en lugar de dinero: solo con tu conformidad, informada por escrito, y de uso libre, incluso para comprar un billete para otra persona (art. 31).
Si el retraso ocurre en un aeropuerto de escala por más de cuatro horas, el Código Brasileño de Aeronáutica da la opción de endoso del billete o devolución inmediata del precio y pone los gastos de transporte, comida y alojamiento a cargo del transportista (art. 231).
Información durante el retraso
Hasta el 25 de octubre de 2026, la aerolínea debe avisarte de inmediato, por los medios de comunicación disponibles, de que el vuelo se va a retrasar, con la nueva hora prevista de salida, y mantenerte informado como máximo cada 30 minutos (art. 20 y § 1º). El motivo del retraso debe darse por escrito siempre que lo pidas (art. 20, § 2º).
Desde el 26 de octubre de 2026, el artículo 20 pasa a pedir información clara, accesible, dada en cuanto la aerolínea la tenga, también por canales digitales, y mantenida actualizada mientras dure la incidencia. Como mínimo, debe incluir la situación y la hora de salida actualizada, las alternativas de reubicación y, cuando proceda, de reembolso o de otro medio de transporte, y cómo obtener la asistencia material. La información digital debe mostrar la fecha y la hora de la última actualización (§ 3º). El texto nuevo no repite el intervalo de 30 minutos.
Además, el transportista debe mantener atención presencial en el aeropuerto para tratar sus deberes en caso de retraso (art. 37).
Si el retraso fue por mal tiempo u otro motivo ajeno a la aerolínea
La asistencia material y las alternativas de reembolso, reubicación u otro transporte se siguen debiendo. El artículo 256, § 4º, del Código Brasileño de Aeronáutica dice que la exclusión de responsabilidad por caso fortuito o fuerza mayor no libera a la aerolínea de ello.
Lo que la exclusión afecta es el daño: el transportista no responde por el retraso si prueba que, por caso fortuito o fuerza mayor, fue imposible adoptar las medidas necesarias, suficientes y adecuadas para evitar el daño (art. 256, § 1º, II). El § 3º enumera hechos que la ley trata como caso fortuito o fuerza mayor cuando son sobrevenidos, imprevisibles e inevitables, como las restricciones de aterrizaje o despegue por condiciones meteorológicas adversas impuestas por un órgano del control del espacio aéreo o por la indisponibilidad de la infraestructura aeroportuaria (Ley n.º 14.034/2020). Qué significa eso para una indemnización en dinero está en daño moral en el retraso de un vuelo.
Indemnización en dinero por el retraso
La Resolución 400 no fija un importe por retraso. El Código Brasileño de Aeronáutica dice que el transportista responde por el daño derivado del retraso (art. 256, II) y el Código de Defesa do Consumidor (Código de Defensa del Consumidor, CDC) trata de la responsabilidad del proveedor de servicios por defectos del servicio, sin exigir prueba de culpa (art. 14). Quien decide si hay daño y de cuánto es la Justicia. Los caminos para pedirlo están en cómo reclamar a una aerolínea en Brasil.
Lo que cambia el 26 de octubre de 2026
La Resolução ANAC n.º 813, de 23 de septiembre de 2026 (Resolución 813 de la ANAC), publicada en el Diário Oficial da União (boletín oficial) el 25 de septiembre de 2026, modifica la Resolución 400 desde el 26 de octubre de 2026. En resumen:
- el inciso I del artículo 27 (comunicación tras 1 hora) queda revocado;
- la comida (tras 2 horas) y el alojamiento con traslado (tras 4 horas, si hay pernocta) continúan, y el artículo 27 pasa a hablar de asistencia en el territorio nacional;
- el artículo 20 cambia el aviso inmediato y el intervalo de 30 minutos por el deber de informar de forma clara, accesible y actualizada, también por canales digitales;
- el artículo 27-B permite a la aerolínea, en situaciones excepcionales, reembolsar en hasta 7 días los gastos acreditados de comida, transporte y alojamiento;
- el artículo 25-B dice que la responsabilidad civil del transportista por los daños sigue la ley y los tratados, y que no responde en los casos fortuitos o de fuerza mayor de la Ley n.º 7.565/1986;
- el artículo 26 gana un párrafo que dice que la asistencia material no se confunde con el deber de reparación civil y que cumplirla no reconoce culpa por el retraso.
Qué hacer en el aeropuerto
- Pide el motivo del retraso por escrito.
- Pregunta por la comida cuando la espera pase de 2 horas y por el alojamiento cuando pase de 4 horas y haya pernocta.
- Si pasa de 4 horas, di con claridad qué alternativa eliges: reubicación, reembolso u otro medio de transporte.
- Guarda la tarjeta de embarque, los mensajes de la aerolínea y los recibos de cualquier gasto.
- Si la aerolínea no lo resuelve, sigue con cómo reclamar.
Fuentes y fecha
Textos oficiales consultados el 16 de octubre de 2026. Ese día, la Resolución 400 en vigor es la versión consolidada en el sitio de la ANAC, con modificaciones de las Resoluciones 434/2017, 692/2022 y 800/2026 que no tocan los artículos citados aquí. La Resolución 813/2026 solo rige desde el 26 de octubre de 2026. Las fuentes completas están en la lista de abajo. Para el cuadro general de las normas brasileñas, consulta la Resolución 400 de la ANAC; para vuelos que salen de otros países, el retraso de vuelo.
