Vender más billetes que plazas es legal en la UE, el Reino Unido, EE. UU. y Brasil. Lo que regula la ley es el precio que paga la aerolínea cuando todos se presentan. De todas las situaciones de este sitio, esta es aquella en la que las normas son más claras y el dinero se debe más rápido.
Primero, los voluntarios
Antes de denegar el embarque a nadie, la aerolínea debe pedir voluntarios que cedan su plaza a cambio de beneficios acordados con ella (art. 4, apdo. 1, Reglamento 261/2004; 14 CFR 250.2b en EE. UU.; art. 23, Resolución 400/2016 de la ANAC en Brasil).
Si te ofreces como voluntario, negocias. Según la normativa de la UE, un voluntario conserva el derecho a elegir entre el reembolso y el transporte alternativo (art. 4, apdo. 1, y art. 8), pero no la compensación fija.
Si no te ofreces y te deniegan el embarque de todos modos, se trata de una denegación de embarque contra tu voluntad y se aplican los importes legales que figuran abajo.
Cuidado
Firmar en la puerta un papel que te califica de voluntario cambia tu posición, así que léelo.
UE y Reino Unido: artículo 4
Cuando no hay suficientes voluntarios, la aerolínea puede denegar el embarque a pasajeros contra su voluntad, y entonces debe hacer tres cosas a la vez (art. 4, apdo. 3):
- pagar de inmediato la compensación según el art. 7
- ofrecer elegir entre el reembolso en siete días y el transporte alternativo en la primera oportunidad (art. 8)
- dar comidas, bebidas, comunicaciones y, si hace falta, un hotel con traslados (art. 9)
| Distancia del vuelo | UE / EEE | Reino Unido |
|---|---|---|
| Hasta 1.500 km | 250 € | 220 £ |
| Más de 1.500 km dentro de la UE, y otros vuelos de 1.500–3.500 km | 400 € | 350 £ |
| Más de 3.500 km | 600 € | 520 £ |
Si el vuelo de sustitución te lleva a tu destino con no más de 2, 3 o 4 horas de retraso (según el tramo de distancia), la aerolínea puede reducir el importe a la mitad (art. 7, apdo. 2).
Plazo
Para estar protegido necesitas una reserva confirmada y presentarte a la facturación a la hora que la aerolínea haya indicado por escrito o, si no indicó ninguna, al menos 45 minutos antes de la salida (art. 3, apdo. 2).
Las negativas por motivos razonables, como la salud, la seguridad, la protección o una documentación de viaje inadecuada, no son denegación de embarque (art. 2, letra j).
Conviene saberlo
Las aerolíneas no pueden invocar aquí la defensa de las circunstancias extraordinarias. Esa defensa existe solo para las cancelaciones y los retrasos.
El Tribunal de Justicia confirmó que la denegación de embarque abarca los motivos operativos además del overbooking, y que reorganizar vuelos tras una huelga ocurrida dos días antes no excusaba a la aerolínea (TJUE, Finnair contra Lassooy, C-22/11). Más sobre el reglamento en EU261 y UK261.
Estados Unidos: 14 CFR 250.5
Las normas estadounidenses se aplican a los vuelos con salida de un aeropuerto de EE. UU. en aeronaves de 30 o más plazas. La compensación depende del retraso con el que el transporte alternativo de la aerolínea te lleva a tu destino o a tu siguiente escala.
| Retraso en la llegada, nacional | Retraso en la llegada, internacional | Compensación |
|---|---|---|
| Hasta 1 hora | Hasta 1 hora | Ninguna |
| Más de 1 hora y menos de 2 horas | Más de 1 hora y menos de 4 horas | 200 % de la tarifa de ida, máximo 1.075 $ |
| 2 horas o más | 4 horas o más | 400 % de la tarifa de ida, máximo 2.150 $ |
Son los topes vigentes, fijados por la modificación publicada el 24 de octubre de 2024 (89 FR 84818).
- La aerolínea debe entregarte una declaración escrita de tus derechos (14 CFR 250.9) y pagar en efectivo o con cheque el mismo día y en el lugar de la denegación de embarque.
- Si tu vuelo alternativo sale antes de que pueda hacerse el pago, debe enviártelo en 24 horas (14 CFR 250.8).
Consejo
La aerolínea puede ofrecer un vale de viaje en su lugar, pero puedes insistir en recibir dinero.
No se debe compensación si:
- perdiste el plazo de facturación;
- se sustituyó la aeronave por una más pequeña por razones operativas o de seguridad;
- en aeronaves de 60 plazas o menos, hubo restricciones de peso y centrado (14 CFR 250.6).
Consulta las normas del DOT de EE. UU..
Brasil: Resolución 400 de la ANAC
En Brasil el término es «preterição». La aerolínea debe buscar primero voluntarios (art. 23). Si te deniegan el embarque contra tu voluntad, debe pagarte de inmediato, por transferencia bancaria, vale o en efectivo (art. 24):
| Vuelo | Compensación |
|---|---|
| Nacional | 250 DEG |
| Internacional | 500 DEG |
El DEG (en portugués, DES) es el derecho especial de giro del Fondo Monetario Internacional, convertido a reales al tipo de cambio del día.
Además, eliges entre la reubicación, el reembolso íntegro y el transporte por otro medio (art. 21), y recibes asistencia material mientras esperas (arts. 26 y 27). La Resolución 813/2026 no cambió estos importes. Consulta la Resolución 400 de la ANAC y, para vuelos dentro de Brasil, denegación de embarque (overbooking) en Brasil.
En la puerta de embarque
- Pregunta con claridad: «¿Me están denegando el embarque contra mi voluntad?». Si puedes, consigue la respuesta por escrito.
- No firmes un formulario de voluntario a menos que aceptes la oferta.
- Pide ahí mismo la compensación y la forma de pago.
- Elige entre el siguiente vuelo y el reembolso. Pide plaza en otra aerolínea si sale antes.
- Guarda tu tarjeta de embarque, el aviso escrito y todos los recibos.
Si la aerolínea no paga nada en el aeropuerto, reclama después por escrito con nuestro modelo de carta. La calculadora te da el importe para tu ruta.
Si prefieres no ocuparte tú de la reclamación, empresas como AirHelp y Compensair la tramitan por ti y se quedan con el 35 % de la compensación cuando ganan, y con más si el caso llega a los tribunales (lista de precios de AirHelp y política de pagos de Compensair, consultadas el 8 de octubre de 2026). Reclamar directamente a la aerolínea es gratis. Las ventajas e inconvenientes están en empresas de reclamación.
Desde el 23 de octubre de 2027 en la UE
El Reglamento (UE) 2026/2202 mantiene los mismos importes y añade un plazo: la compensación debe pagarse sin demora indebida y, a más tardar, en los siete días naturales siguientes a la denegación de embarque. También prohíbe denegar el embarque en un vuelo de vuelta porque no utilizaste el de ida.
